Prolongación de la permanencia en el servicio activo
Información práctica sobre el procedimiento
Dirigido a los funcionarios docentes no universitarios que
soliciten la prolongación de la permanencia en el servicio activo hasta los 70
años de edad.
El procedimiento y los criterios son los mismos que para el
resto del personal de la Comunidad de Madrid, conforme a lo establecido en la
Orden de 21 de enero de 2010, adaptada al ámbito docente por la Resolución de
24 de marzo de 2014.
Destinatario de la solicitud y plazo de presentación
1. Dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos
- Si se encuentra en situación de servicio activo: entre cinco y seis meses antes de cumplir la edad de jubilación.
- Si está prestando servicio en otras Administraciones Públicas: tres meses antes de cumplir la edad de jubilación.
- En caso de tener la prolongación de la
permanencia en el servicio activo previamente concedida e incorporarse a un
puesto gestionado por la Dirección General de Recursos Humanos, deberá
solicitar la continuidad en el servicio activo a la Dirección General de
Recursos Humanos.
2. Dirigida a la Dirección de Área Territorial
- Completar el periodo de carencia para causar pensión de jubilación: tres meses antes de cumplir la edad de jubilación.
- Prolongación hasta la finalización del curso
escolar: dos meses antes de cumplir la edad de jubilación.
- Finalización de la prolongación previamente
concedida: tres meses antes.
- Otras situaciones diferentes del servicio
activo: tres meses antes de cumplir la edad de jubilación.
Más información, impresos y tramitación telemática: