El pasado 19 de enero ha entrado en vigor la LOMLOE. ANPE ha
elaborado un documento para dar a conocer el calendario de aplicación de la
ley, recogido en la disposición final quinta.
El documento se puede consultar en:
Sra. Ministra:
Las organizaciones sindicales más representativas del
profesorado a nivel estatal nos dirigimos a usted para urgirle a la
convocatoria de la Mesa de negociación del personal docente no universitario,
para negociar, lo antes posible, todos los aspectos recogidos en la nueva Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que mañana entra en vigor, y que afectan
directamente al profesorado.
Así, en la última reunión de la citada Mesa de negociación,
celebrada el pasado 11 de noviembre, el Ministerio que usted dirige se
comprometió, a petición de esta parte, a reunirse para negociar todos estos
aspectos “cuando estuviera más avanzada la tramitación de la reforma de la Ley
Orgánica”, tal y como el propio Acta de la reunión recoge. A fecha de hoy, a
punto de cumplirse un mes desde la aprobación de la Ley y a un día de que entre
en vigor, no hemos recibido comunicación alguna del Ministerio y, mucho menos,
convocatoria de reunión de la Mesa de negociación.
Son varios los aspectos que recoge la nueva Ley que afectan
al profesorado y que requieren un diálogo y negociación que nos permita llegar
a acuerdos para su concreción y aplicación en todo el Estado. Por ello exigimos
que se establezcan unos acuerdos que eviten desigualdades entre territorios y,
por supuesto, tengan en cuenta a todo el profesorado, preservando, en todo
caso, sus derechos adquiridos.
Es por todo ello, por lo que le solicitamos la convocatoria
urgente de la Mesa de negociación del personal docente no universitario para
tratar estos temas y, fundamentalmente, los recogidos en la Disposición
adicional séptima. Normativa sobre el desarrollo de la profesión docente; en la
Disposición adicional undécima. Profesorado del Cuerpo a extinguir de Profesores
Técnicos de Formación Profesional y en la Disposición adicional cuadragésima
octava sobre el cambio de funciones del personal docente.
Esperando una pronta respuesta, reciba un cordial saludo.