A trabajo igual, igual salario


A trabajo igual, igual salario

Carolina2014-copia

Carolina Fernández del Pino Vidal
Vicepresidenta de ANPE-Madrid

Las subidas retributivas y las mejoras en cuanto a incapacidad temporal contenidas en el II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público responden a la necesidad imperiosa de ofrecer un alivio económico a los funcionarios después de años de recortes que no solo afectaron sus retribuciones sino también sus condiciones laborales, aumentando la carga horaria e imponiendo un sistema de descuento de haberes en caso de incapacidad temporal que dio lugar a situaciones a veces esperpénticas.

En el caso de los profesores madrileños, estos recortes supusieron una pérdida de un 20 % del poder adquisitivo. El acuerdo evidentemente no compensa esta pérdida ya que contempla un incremento total, en el mejor de los casos, en torno al 8 %, pues para que se alcance esta cifra se deben cumplir los requisitos establecidos con respecto al crecimiento del PIB y el objetivo de estabilidad. En el caso de la Comunidad de Madrid la situación es aún más sangrante, porque junto con los profesores de Cataluña somos los únicos cuyo salario medio se sitúa por debajo del salario medio de su comunidad, con una brecha de aproximadamente 200 euros mensuales.

En el caso de los profesores madrileños, estos recortes supusieron una pérdida de un 20 % del poder adquisitivo

 Esta diferencia salarial en relación a otros profesionales de nuestra comunidad representa solo otro “suma y sigue” más, antes incluso de añadir la diferencia salarial que sufrimos con respecto a docentes de otras comunidades, donde profesionales que desarrollan las mismas funciones y pertenecen al mismo cuerpo estatal que nosotros pueden llegar a cobrar mensualmente hasta 900 euros más. 

04-iStock-501640478Los últimos acontecimientos que han tenido lugar en Cataluña han hecho aún más patentes, si cabe, las grietas que se han ido formando en la base misma de nuestra nación. Entre otras, la financiación autonómica, la desmembración del sistema educativo, las diferencias en cuanto a impuestos de distintos tipos, la distinta aplicación de legislación nacional, como por ejemplo el RD Ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público, que concretamente en Madrid se aplicó con vehemencia mientras que otras comunidades sortearon sus restricciones, por lo que sirvió de colofón para marcar las diferencias laborales entre los profesores de distintas comunidades.

Desde hace años, en las comparativas retributivas de profesores por autonomías, Madrid queda siempre a la cola, algo que resulta más relevante si tenemos en cuenta que tenemos uno de los índices de precios más altos del país. Esta situación no es nueva y desde ANPE-Madrid la venimos denunciando desde hace muchos años y ante muchos y distintos Gobiernos regionales.

El artículo 14 de la Constitución Española establece que “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.” 

Al amparo de este artículo se ha desarrollado toda la legislación relacionada con la igualdad de género, que culminó en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. De este artículo emana asimismo la legislación que busca proteger la discapacidad y también está detrás del cuerpo legislativo que ha eliminado las diferencias laborales y, en concreto, un factor que ha afectado a los interinos: la temporalidad laboral como factor diferenciador para marcar diferencias salariales. El espíritu de este artículo, junto con una directiva europea, ha hecho posible que los interinos cobren los trienios de oficio después de años de demandas judiciales y previsiblemente facilite que en un futuro puedan cobrar también de oficio los sexenios.

Desde el punto de vista laboral, el principio de igualdad pretende que la ley no haga diferencias entre dos o más personas que se encuentren en una misma situación o en condiciones idénticas. Esto no significa que no puedan existir particularidades, que así lo justifiquen, como por ejemplo la antigüedad, por la cual un profesor con 12 años en el cuerpo puede cobrar trienios y sexenios y otro recién ingresado no.

Los docentes en España pertenecemos a un único cuerpo de carácter estatal, cuyo ingreso y acceso se rigen por legislación estatal. También lo es la normativa que nos permite trasladarnos por el territorio nacional, y nuestras retribuciones básicas (sueldo y trienios) se establecen en los Presupuestos Generales del Estado.

Es en las retribuciones complementarias donde se materializan las diferencias retributivas entre los docentes de las distintas comunidades autónomas y que responden a la transferencia de competencias. 

Es en las retribuciones complementarias donde se materializan las diferencias retributivas entre docentes de distintas comunidades autónomas

En el gráfico inferior se puede ver cómo las cifras de las retribuciones básicas se repiten en todas las comunidades, menos en Navarra. Las diferencias se producen en las columnas del complemento específico, que incluye el componente autonómico, y en la de sexenios. 

Es importante señalar que la igualdad salarial no siempre pasa por una igualdad de retribuciones. Hay circunstancias especiales que pueden justificar una diferencia retributiva, como en el caso de trienios y sexenios, pero también pueden producirse otras, por ejemplo, por lugar de trabajo, como es el caso de Canarias, Islas Baleares y Ceuta y Melilla, que tienen un complemento insular o de residencia.

Sin embargo, las circunstancias diferenciadoras que justificasen una diferencia salarial deben basarse en criterios técnicos y objetivos, y debe ser personal técnico –y no los políticos– quien establezca la existencia de un hecho relevante que justifique una diferenciación y el índice que debería implementarse para contrarrestarlo.

No se pueden establecer diferencias retributivas en base exclusivamente a la pertenencia a una comunidad autónoma u otra. Esto podría hacer desaparecer la razón de ser de los funcionarios del Estado establecida en nuestra Constitución. Los funcionarios existimos para garantizar que la Administración lleva a cabo sus funciones con objetividad para proteger el interés público general frente a los intereses particulares. Por eso tenemos que someternos a medidas normativas que protegen y garantizan la objetividad en el ejercicio de nuestras funciones. A menudo se nos olvida que nuestra forma de acceso a la función pública y la normativa de incompatibilidades se establecen precisamente para salvaguardar la imparcialidad de los funcionarios en defensa del interés público general.

ANPE lleva años pidiendo un Estatuto Docente que regule la carrera profesional y que, entre muchos otros aspectos, podría establecer un sistema de retribuciones homologado para el territorio nacional, marcando horquillas de posibles diferencias en base a criterios técnicos para así garantizar una igualdad equitativa.

Por último y aplicando el principio de “si no puedes con ellos, únete a ellos”, quiero hacer un alegato para que se incremente el complemento específico del profesorado madrileño y contrarrestar la nefasta pedagogía que hemos tenido que soportar los profesores de la Comunidad de Madrid durante años, cuando los logros de la educación madrileña se esgrimían para defender que ni los recortes salariales y de recursos ni el aumento de cupo y de horas lectivas afectaban la calidad de la enseñanza, y adornando todo esto con una campaña de desprestigio y de falta de reconocimiento a nuestra labor dentro del aula.

Ya que existe jurisprudencia que contempla que frente a aquellas situaciones en que, aunque existan las mismas circunstancias para varios trabajadores, se pueda considerar que la remuneración puede ser diferente, en atención a que esta es proporcional a la cantidad y calidad del trabajo, pido que ante los últimos resultados PISA, en los que Madrid supera con creces la media nacional y se coloca a nivel nacional tanto en Ciencias como en Comprensión Lectora en segundo lugar, casi empatando con Castilla y León, y con respecto a otros países, en décimo lugar en Ciencias y en sexto lugar en Comprensión Lectora, se hace meridianamente claro que los docentes madrileños merecen percibir un complemento específico mayor, en justa compensación, tanto de la cantidad como de la calidad de su trabajo.

cuadro-1cuadro-2

  1. Canarias: maestros y PTFP: 119,62 € Isla Mayor; 398,47 € Isla Menor y 27,97 € trienio Isla Menor. Secundaria: 119,62 € Isla Mayor; 442,75 € Isla Menor y 31,12 €  trienio Isla Menor.
  2. Ceuta y Melilla: maestros y PTFP: 669,36 € Residencia. Secundaria: 899,21 € Residencia.
  3. Islas Baleares: maestros y PTFP: 75,41 € (Residencia Mallorca); 90,49 € (Residencia otras islas). Secundaria: 93,78 € (Residencia Mallorca); 103,83 € (Residencia otras islas).
  4. Madrid: Desde inicio del curso 2017-2018 se incrementará un 10 %.
  5. Navarra: En la columna de trienios aparece la cantidad de un quinquenio. No existe el complemento de sexenios, pero sí grados (6 años y 7 meses).